Los documentos oficiales extranjeros tienen la fuerza probatoria de los documentos oficiales en el territorio de Ucrania en los siguientes casos:
- Disponiendose de una estampilla de Apostille, si están hechos en el territorio de los Estados que son Partes de la Convención, en este caso se elimina del requisito de la Legalización de Documentos Públicos Extranjeros, año 1961. De acuerdo con la parte segunda del artículo 3 de la Convención, que elimina el requisito de la Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros (Convención de La Haya), no podrán ser requeridos por las Partes de la Convención los procedimientos de la certificación por Apostille, si entre dos o más Estados existen los Acuerdos que suprimen o simplifican este procedimiento o liberen el documento de la Legalización;
- Sin ningún testimonio adicional, si se encuentran en el territorio del estado con los cuales Ucrania tiene los acuerdos bilaterales o multilaterales pertinentes. Información sobre la aplicación de los tratados internacionales de Ucrania sobre asistencia jurídica en la parte, respecto Eliminación del Requisito de la Legalización de los documentos oficiales expedidos por las autoridades competentes de las Partes Contratantes, se encuentra en la carta del Ministerio de Justicia de Ucrania del 11.05.2010 №26-26 / 291.
- Disponiendose de la legalización consular, si están confeccionados en los territorios de los estados con los cuales Ucrania no tiene los acuerdos antes citados.
Atención!
Los documentos oficiales ucranianos se apostillan por las instituciones autorizadas sólo en el territorio de Ucrania.
APOSTILLA
LEGALIZACION